Se ha incluido redacción adicional en los Principios Fundamentales del Olimpismo como un compromiso general con el respeto de los derechos humanos, específicamente en los Principios Fundamentales del Olimpismo 1 y 4. El cambio es resultado del trabajo de la Comisión de Asuntos Jurídicos y su consulta con el Comité Asesor de Derechos Humanos. La nueva redacción del Principio Fundamental del Olimpismo 1 es: El Olimpismo es una filosofía de vida que exalta y combina en un todo equilibrado las cualidades del cuerpo, la voluntad y la mente. Combinando deporte con cultura y educación, el Olimpismo busca crear una forma de vida basada en la alegría del esfuerzo, el valor educativo del buen ejemplo, la responsabilidad social y el respeto por los derechos humanos internacionalmente reconocidos y los principios éticos fundamentales universales dentro del ámbito del Movimiento Olímpico. . La nueva redacción del Principio Fundamental del Olimpismo 4 es: La práctica del deporte es un derecho humano. Todo individuo debe tener acceso a la práctica del deporte, sin discriminación de ningún tipo respecto de los derechos humanos internacionalmente reconocidos en el ámbito del Movimiento Olímpico . El espíritu olímpico requiere comprensión mutua con un espíritu de amistad, solidaridad y juego limpio. "Este es un paso importante en nuestro compromiso con el respeto de los derechos humanos en el Movimiento Olímpico", dijo el presidente del COI, Thomas Bach. “Con este cambio en la Carta Olímpica, también estamos enviando un mensaje contundente a nuestras partes interesadas. Marca un hito importante en el trabajo del COI en materia de derechos humanos”. El COI también alineó la Carta Olímpica con las Directrices sobre la expresión de los atletas, que fueron introducidas por la Junta Directiva del COI el 21 de abril de 2021 y aplicadas con éxito en los Juegos Olímpicos de Tokio 2020 y luego en los Juegos Olímpicos de Invierno Beijing 2022. La redacción adicional a la Regla 40 deja claro que todos los competidores, oficiales de equipo y otro personal del equipo en los Juegos Olímpicos disfrutarán de libertad de expresión, de acuerdo con los valores olímpicos y los principios fundamentales del Olimpismo, y de acuerdo con las directrices determinadas por la Junta Ejecutiva del COI. La nueva redacción de la Regla 40, Participación en los Juegos Olímpicos, que fue acordada por la sesión del COI, es: 1 Para participar en los Juegos Olímpicos, un competidor, oficial de equipo u otro personal del equipo debe respetar y cumplir la Carta Olímpica, el Código Mundial Antidopaje y el Código del Movimiento Olímpico sobre Prevención de la Manipulación de las Competiciones, incluidas las condiciones de participación establecida por el COI, así como con las reglas de la FI correspondiente aprobadas por el COI, y el competidor, oficial de equipo u otro personal del equipo debe ser inscrito por su CON. 2 Todos los competidores, oficiales de equipo u otro personal de equipo en los Juegos Olímpicos disfrutarán de libertad de expresión de acuerdo con los valores olímpicos y los Principios Fundamentales del Olimpismo, y de acuerdo con las Directrices determinadas por la Comisión Ejecutiva del COI. Los cambios detallados en el modo de seguimiento de cambios están disponibles aquí . |
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