El
Consejo Asesor del LABI prolonga las medidas de prevención en Euskadi hasta
lograr mayor estabilidad de la situación epidemiológica.
El
nuevo Decreto incorpora ajustes y mejoras puntuales en distintos artículos
como, por ejemplo:
- Se permite la movilidad sin ningún tipo de limitación dentro de la Comunidad Autónoma
- Se
elimina la referencia a la Tasa de Incidencia Acumulada superior a 500 para
determinar restricciones por localidad. Se ha tenido en cuenta que, en este
momento, no hay prácticamente localidades por encima de este registro.
- Se
incorpora una resolución para facilitar tanto el desarrollo de las Ofertas
Públicas de Empleo y las actividades de tiempo libre.
El
nuevo Decreto se publicará el lunes 8 de marzo y entrará en vigor a las 00:00
horas del martes 9 de marzo. Tendrá carácter de texto refundido de todas las
medidas actualmente en vigor. Las medidas en vigor son:
- Limitación
de agrupación de personas a un máximo de cuatro.
- Limitación
de movilidad nocturna de 22:00 a 06:00h.
- Horario
máximo de cese actividades comerciales y culturales a las 21:00h.
- Aforos
del 40% en establecimientos comerciales de más de 150m2, y del 60% en los que
cuenten con una superficie de hasta 150m2. Aforos igualmente reducidos para
todo tipo de eventos culturales y sociales.
- Limitación
del máximo de aforo en centros de culto en un 35%.
- Suspensión
de ensayos y actuaciones músico-vocales.
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